Hogar seguro: Protección financiera que subordina provisionalmente el interés económico de acreedores, propietarios y herederos
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Palabras clave

hogar seguro
familia
acreedor
propietario
heredero
planificación

Cómo citar

Maldonado Medina, E. R. (1996). Hogar seguro: Protección financiera que subordina provisionalmente el interés económico de acreedores, propietarios y herederos. Fórum Empresarial, 1(1.1), 1–8. https://doi.org/10.33801/fe.v1i1.11938

Resumen

La figura de hogar seguro fue modificada por legislación aprobada en el año 2011. Por más de un siglo, el hogar seguro ha intentado proteger la residencia principal de un individuo o grupo familiar al (1) establecer un valor máximo de la residencia protegido contra embargos y (2) proveer el derecho de poseer y disfrutar una residencia de forma exclusiva por tiempo determinado en casos de divorcio, separación o muerte. La nueva legislación elimina el valor máximo protegido contra embargos y establece que la residencia estará libre de ejecución. Sin embargo, el estatuto indica que el sector hipotecario, el gobierno y contratistas bajo ciertas circunstancias podrán ejecutar la residencia para el cobro de una deuda. Por consiguiente, el nuevo estado de derecho al intentar proteger a ciertos dueños de residencias y acreedores logra simultáneamente desplazar a un segundo plano a otras personas con intereses económicos sobre una residencia.

https://doi.org/10.33801/fe.v1i1.11938
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Derechos de autor 2017 Fórum Empresarial (Etapa IV - Colección completa)

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