Resumen
Este artículo analiza cómo podrían desplegarse los mecanismos de Justicia Transicional para reparar las injusticias resultantes de la perpetración de ecocidio. Desarrolla la noción de ecocidio como muerte social como una clase de daños medioambientales lo suficientemente graves como para desencadenar una respuesta de Justicia Transicional. Si un Estado autoriza la destrucción ecológica de una manera que demuestra un desprecio gratuito por las culturas íntimamente relacionadas con esos ecosistemas, entonces ha violado los principios liberales básicos de respeto al pluralismo. La Justicia Transicional puede utilizarse eficazmente para superar estos daños y transformar las sociedades que toleran graves formas de destrucción medioambiental en Estados respetuosos con el medio ambiente que promuevan los objetivos ecologistas. Este artículo explorará cómo los cuatro tipos de mecanismos de justicia transicional pueden ayudar a reducir y mitigar los problemas medioambientales: (1) mecanismos de justicia punitiva (juicios penales, depuración y sanciones); (2) mecanismos de justicia reparadora (reparaciones, rehabilitación, conmemoración, disculpas y garantías de no repetición); (3) mecanismos orientados a la verdad (comisiones de la verdad y la reconciliación, informes y programas educativos); y (4) mecanismos de reforma institucional (cambio de leyes, enmienda de constituciones y modificación de instituciones).
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