Resumen
SECCION 1. - PERMISOS
Los municipios podran conceder permisos para el
control del trifico de vehiculos de motor y del uso
piblico de las vias piblicas en paseos peatonales,
calles, urbanizaciones y comunidades
residenciales, piblicos o privados, con un solo
acceso de entrada y salida o que tengan mas de un
acceso de entrada o salida, pero que ninguna de sus
vias publicas se use para la entrada o salida a otra
calle, urbanizacion o comunidad que no haya
solicitado el control de acceso. Cuando las calles,
urbanizaciones o comunidades sean parte de mas
de un municipio, la jurisdicci6n recaera en aquel
municipio er que se ubiquen la mayor parte de las
fincas.
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