Resumen
Las exigencias de eficiencia de los mercados según las elaboraciones de los centros internacionales de decisión financiera y de la ciencia económica han vertido un extendido juicio de ineficacia e ineficiencia sobre el Derecho del Trabajo. Especialmente, sobre las limitaciones exógenas al mercado que el Derecho del Trabajo impone para satisfacer su fin institucional como función del Estado social y democrático de Derecho, es decir, tutelar el trabajo y a los trabajadores para corregir la desigualdad estructural de las relaciones de trabajo. El desempleo, la dualidad y segmentación de los mercados de trabajo, causados por ese Derecho del Trabajo "ineficiente", serían, a su vez, los efectos de su ineficacia. En la devastadora crisis del capitalismo financiero y del euro, el "reformismo económico" ha acometido reformas de los ordenamientos laborales europeos de las que el Derecho del Trabajo no ha salido indemne. No ha podido atender a los indicadores internacionales de flexibilidad que han estado en el origen de las reformas legislativas económicas, ni a la lógica propia y a la autonomía institucional de los Estados democráticos. En esta fase de su evolución histórica, el Derecho del Trabajo se exterioriza de los derechos de los trabajadores, empleados y desempleados, y del empleo en cuyo nombre se han hecho las reformas legislativas.Los autores y autoras ceden sus derechos de propiedad intelectual (copyright) a la Revista de Administración Pública (RAP), una vez el artículo es aceptado para publicación. Como política de la RAP, el/la autor/a no recibirá pago por artículo publicado.
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